14 de mayo de 2024

Canal de Denuncia

¿Qué es un canal de denuncia?

Un canal de denuncia interno es un sistema establecido dentro de una organización para que su plantilla laboral y otras partes interesadas puedan reportar de manera confidencial y segura cualquier sospecha de actividad ilegal o inapropiada. Este sistema promueve la integridad corporativa y ayuda a prevenir conductas indebidas al proporcionar un medio seguro para comunicar problemas sin temor a represalias. Las características clave de un canal de denuncia interno incluyen confidencialidad, seguridad, accesibilidad y cumplimiento normativo.

  • Confidencialidad: Protege la identidad del denunciante para fomentar la comunicación de problemas sin temor a represalias.
  • Seguridad: Implementa medidas para asegurar que la información reportada se maneje de manera segura y solo sea accesible por personal autorizado.
  • Accesibilidad: Está disponible para todos los miembros de la organización y, en algunos casos, para terceros como personas usuarias u otros.
  • Cumplimiento Normativo: Ayuda a las organizaciones a cumplir con regulaciones legales y éticas, promoviendo un ambiente de trabajo íntegro y transparente.

Este Canal de Denuncia se dispone en seguimiento al artículo 2 de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Procedimiento del canal de denuncia de Asenecan

Asenecan recogerá la información mediante una persona autorizada responsable, que tratará los datos con confidencialidad e indagará sobre la información aportada. Se abrirá una investigación para conocer más sobre la situación, siempre que sea posible mantener la no identificación de la persona en caso de hechos muy concretos. Los resultados de la investigación serán trasladados a los órganos de dirección de la entidad para que se tomen medidas.

La información será tratada por una persona autorizada externa a la entidad, por lo que podrá tener la seguridad de destino.

¿Qué asuntos podrán ser informados por el canal de denuncia?

Principalmente, los recogidos en el artículo 2 de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, sobre lucha contra la corrupción:

Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea contempladas en el artículo 2.1.a) de la Ley 2/2023, cuando las infracciones hayan tenido lugar en la entidad en materia de contratos, medioambiente, protección de la privacidad de los datos personales y seguridad de las redes y los sistemas de información que afecten al mercado interior y, en general, a los intereses financieros de la Unión Europea.

Acciones u omisiones que según establece el artículo 2.1.b) de la Ley 2/2023, puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas graves o muy graves y, en todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

También podrá hacer uso del Canal de Denuncia otras informaciones sobre cualquier tipo de irregularidad acontecido en el trato con la entidad en cualquiera de sus actividades.

Canal de Denuncia

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